La Comisión de Trabajo e Inmigración del Congreso ha aprobado un dictamen sobre el proyecto de ley que regula la protección por cese de actividad de los autónomos, incluyendo una enmienda que eleva hasta doce meses la duración de las ayudas, mientras que la cotización para sustentarlas se aumenta hasta el 2,2% en lugar del 1,8% previsto.
La modificación eleva la propuesta inicial que establecía un tope máximo de seis meses. De esta manera, se incluirán en el proyecto tres tramos de cotización para poder optar a seis, ocho o doce meses de prestación. Esos tramos serán menores para los autónomos entre 60 y 64 años.
La norma contempla, además, que el sistema sea revisado dentro de dos años para evaluar su funcionamiento y realizar, si es necesario, modificaciones en cuanto a la cuantía de las prestaciones o mejorar su gestión. Esta tendrá que ser votada ante el Pleno de la Cámara Baja antes de proseguir su tramitación en el Senado.
Además, el proyecto de ley, establece las condiciones para que los inmigrantes puedan acceder a las ayudas, aclara el régimen de reclamaciones y mejora las condiciones económicas para que un trabajador autónomo pueda declararse en situación de cese de actividad. Bastarán unas pérdidas superiores al 30% de los ingresos o al 20% en dos años consecutivos, frente al 30% y al 20% de la norma anterior.
Se venía especulando con cambios sobre el proyecto inicial, la prestación por desempleo para el trabajador autónomo es una vieja reivindicación de este colectivo, sin duda el más desprotegido de todos los trabajadores.
Es importante el hecho de que por fin se ponga en funcionamiento un sistema que amplíe las prestaciones del RETA, sobre todo en un tema tan sensible en estos últimos tiempos que el cese de negocios y el paro entre los autónomos está alcanzando tanta magnitud. Así mismo, esa claúsula de revisión para dentro de dos años, posibilita la evaluación del sistema y su corrección o ampliación en función de los resultados del mismo.
Un pasito más hacia la equiparación del autónomo con el resto de trabajadores, porque no olvidemos que el autónomo puede ser empresario, pero, antes que eso, también es trabajador.
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